Como parte del proceso de implementación de la reforma tributaria de 2014, el 1 de enero de 2017 entraron en vigor los dos nuevos regímenes de renta: el sistema de renta atribuida y el sistema semi integrado.
Lo anterior indica que la operación renta 2018 será la primera en llevarse a cabo bajo este marco tributario.
Esto implicó la creación de nuevas declaraciones juradas (DJ):
- DJ 1938 para empresas atribuidas.
- DJ 1939 para empresas del régimen semi integrado.
- DJ 1943 para declaración de renta líquida imponible de empresas con renta presunta y de contabilidad simplificada.
- DJ 1940 para declaraciones por retiros y dividendos para las empresas atribuidas.
- DJ 1941 y la DJ 1942 para el mismo fin de la anterior, pero en empresas semi integradas.
En consecuencia, desde agosto de 2017, el SII emitió una serie de comunicaciones, entre las cuales destaca la Resolución N°96, del 19 de octubre de 2017, en las que calendarizaba la entrega de la información contable que requiere para preparar la Operación Renta de este año.
Sin embargo, existe un detalle muy importante que debe ser considerado al momento de realizar las declaraciones: las fechas establecidas fueron adelantadas con respecto a las estipuladas para años anteriores y las declaraciones que antes debían entregarse en abril ahora deben presentarse en marzo.
Controversias y puntos que generan mayor preocupación
Esto ha generado cierta preocupación entre abogados tributaritas, auditores y contadores que argumentan, en un reportaje del Diario El Mercurio, que para revisar la información, y cumplir con los requerimientos de la nueva reforma, necesitan más tiempo del que ha establecido el SII.
Según los expertos citados en este artículo, el hecho de que los plazos estipulados por el SII obligan a los contribuyentes a presentar en marzo las declaraciones juradas 1926 y 1847, sin tener en cuenta que este periodo coincide con el que las empresas y auditoras emplean para elaborar los estados financieros que deben presentar a la Superintendencia de Valores y Seguros. Desarrollar de forma paralela estos dos trabajos -uno de naturaleza contable y el otro de naturaleza tributaria- puede conducir a la generación de declaraciones incorrectas.
Por su parte el SII ha mostrado cierta flexibilidad ante la problemática. Mediante la Resolución Ex. N°117, del 1 de diciembre de 2017, amplió los plazos de presentación de las Declaraciones Juradas (DJ) 1847 y 1926, argumentando que era necesario brindarles facilidades a los contribuyentes obligados a presentar la declaración de renta este año. Las fechas quedaron así:
- 4 de mayo de 2018, presentación del Formulario N°1847, denominado “Declaración Jurada sobre balance de 8 columnas y otros antecedentes.
- 15 de marzo de 2018, presentación del Formulario N°1926, conocido como «Declaración Jurada Anual sobre Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables Balance».
Sin embargo, parece ser que con la postergación de estos plazos no soluciona del todo la preocupación, especialmente en el caso del formulario 1926 y de otros documentos a presentar durante el mismo mes, como las Declaración Jurada para determinar la Renta Líquida Imponible para los contribuyentes del sistema atribuido, que sigue siendo para el 22 de marzo.
El malestar en cuanto a los tiempos es de tal magnitud que el Colegio de Contadores de Chile, propuso postergar 60 días la Operación Renta 2018; lo que se traduciría en que el 30 de abril fuese la fecha de vencimiento de todas las DJ; mayo el mes en que el SII procese la información, confeccione las propuestas y realice las pre-fiscalizaciones; y los treinta días de junio los destinados a la declaración de impuesto a la Renta por parte de los contribuyentes.
Pero hasta el momento no ha habido un pronunciamiento oficial sobre nuevas postergaciones. De hecho, a finales de diciembre de 2017 el SII cerró la puerta al respecto afirmando que no puede haber más flexibilidad de su parte y que el aplazamiento de la de la Operación Renta 2018 corresponde al ejecutivo y no a la entidad tributaria pues las fechas se encuentran establecidas por ley.
Por lo tanto, es importante empezar desde ya a trabajar en la preparación de la declaración renta del 2018, para poder cumplir con los términos y condiciones exigidos por el SII y evitar posteriores sanciones o multas.