¿Porqué existe y qué es el bono de reconocimiento? Durante la década de los noventa se sorprendían leyendo noticias del viejo continente, de los bajos índices de natalidad y el aumento de la población anciana. Hoy son parte de la Tercera Edad en Chile, jubilados que merecen una pensión conveniente y una vejez despreocupada. Sin embargo, han cotizado fondos de pensiones en una antigua modalidad de retiro programado.
Qué es el Bono de Reconocimiento
La Consultora Previsional, Financiera y Tributaria, Alfredo Cruz y Cía, explica que el Bono de Reconocimiento es un instrumento financiero de rentabilidad fija y plazo fijo, que representa el Capital acumulado por concepto de las cotizaciones realizadas por el afiliado a una AFP en las Cajas de Previsión del Antiguo Sistema Previsional hoy administradas por el Instituto de Previsión Social (IPS)
Asimismo, los expertos afirman que este bono representa el reconocimiento que el Estado hace a todos los trabajadores que impusieron en el sistema antiguo y que se hará efectivo en dinero al momento de fallecer, invalidarse o pensionarse por vejez edad legal. El IPS tiene a su cargo el cálculo del monto de este documento y su pago es financiado por el Estado.
Requisitos, cálculo y modo de obtenerlo
Es necesario que el trabajador tenga al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna Institución del antiguo sistema previsional de fondos de pensiones, entre las fechas Noviembre de 1975 y Octubre de 1980, o tener al menos una cotización entre el 1° de Julio de 1979 y la fecha de ingreso al nuevo sistema.
Trabajadores que hayan permanecido en el antiguo Régimen Previsional y hubiesen podido pensionarse a una edad inferior a la conformidad con las normas del Decreto Ley n° 2.448, también podrían solicitar el cobro anticipado, siempre y cuando, el trabajador registre, al 9 de Febrero de 1979, un mínimo de cotizaciones previsionales según la ex caja previsional del afiliado.
Para su requerimiento el afiliado debe suscribir una Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento en la A.F.P que se encuentre incorporado, además de completar el anexo «Detalle de Empleadores» si fuese necesario.
El Bono de Reconocimiento se calcula utilizando una fórmula matemática, con datos y factores predeterminados, generando un resultado denominado «valor nominal», a la fecha de afiliación
Reclamos al Bono de Reconocimiento
La Consultora Alfredo Cruz y Cía explica que si el afiliado no está conforme, tiene derecho a firmar en su A.F.P, una “Solicitud por Reclamo de Bono”, adjuntando documentación de respaldo y dentro de un plazo a contar de la fecha de notificación del error. Esto es para casos de montos de indemnización mal calculados, rentas mal consideradas, datos erróneos, entre otros.
Garantías del Bono de Reconocimiento
Este nuevo sistema garantiza el reajuste anual del Bono de Reconocimiento, según el valor del IPC y garantizando un interés del 4% anual, a contar de la fecha de ingreso del afiliado, al nuevo sistema previsional.
El Bono de Reconocimiento se puede liquidar anticipadamente por una pensión de invalidez (Decreto Ley 2.448 y Ley 19.177) y para el Cobro Anticipado del Bono de Reconocimiento, todo trabajador quien haya realizado trabajos pesados durante su permanencia en el antiguo sistema previsional, podrá acogerse a un beneficio de conformidad a las normas del Decreto Ley n°2448 de 1978.
El Bono de Reconocimiento es, en esencia, una suerte de garantía que, cumpliendo con los requisitos, otorga una gran mejora en la pensión.
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